Área de Labor

Área de labor

Dentro de los hospitales y centros de atención médica especializada se encuentra Unidad de Tocología, esta unidad debe de contar con áreas mínimas como el área de labor, el área de expulsión y el área de recuperación que proporcionen las facilidades y comodidades para otorgar una atención integral a la madre y al recién nacido.

En este apartado especificaremos la información acerca del área de labor o de parto. Comprendemos que esta área es el espacio físico diseñado y equipado para la vigilancia, valoración, evolución y preparación de las pacientes que se encuentran en trabajo de parto.


Estas salas de labor están diseñadas para brindar un entorno seguro y cómodo tanto para la madre como para el bebé durante el proceso del parto. Dentro de esta área se cuenta con el equipo de médicos y enfermeros capacitados para la toma de desiciones médico y quirúrgicas que se lleguen a necesitar.

De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana 197 - SSA1 - 2000 Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada, se indica que la sala o salas de labor deben de tener una localización contigua a la sala de expulsión. Además se recomienda que exista una comunicación directa entre el área de valoración obstétrica y la sala de labor.

Cada sala podrá tener varios cubículos que se encuentren separados por cortinas plegadizas u otros sistemas de separación, con las dimensiones para una cama camilla y su área tributaria correspondiente. Los cubículos deben de contar con instalaciones que proporcionen oxígeno y elementos divisorios que aislen y permitan la privacidad e intimidad de las usuarias.

El espacio de la labor debe de contar con las medidas necesarias para permitir la movilidad de la camilla para su traslado a la sala de expulsión. El lavabo para médicos obstetras debe estar ubicado contiguo a la sala de expulsión. Además, debe de contar con espacios como la central de enfermeras, el cuarto de aseo y el cuárto séptico.

Mobiliario

El mobiliario con el que debe de contar es el siguiente:
  • Banqueta de altura que pueda ser de utilidad para ayudar a la paciente a subir a la mesa de exploració
  • Mesa de exploración ginecológica
  • Mesa Pasteur
  • Cama o camilla para el trabajo de parto
  • Carpetas para portar los expedientes
  • Colchón de hule espuma para cama de trabajo de parto
  • Portacubeta rodable
  • Cubeta de almenos 12 litros
  • Bolsa amarilla para residuos biológicos
  • Recipiente rígido para los punzocortantes
  • Riel portavenoclisis

Equipo

El equipo médico y electromédico con el que debe contar el área es el siguiente:
  • Esfigmomanómetro
  • Estetoscópio


  • Estetoscopio de Pinard o el equivalente a este que sea útil para poder captar, contar y graficar los ruidos cardiofetales


  • Estuche de diagnóstico con oftalmoscopio
  • Lámpara de haz dirigible
  • Monitor o doppler fetal
  • Bomba de infusión
  • Monitor de signos vitales
  • Negatoscopio en caso de ser necesario
  • Ultrasonido

Organización del servicio

Dentro de la Unidad de Tocología y Tococirugía debe de haber personal capacitado y especializado por norma y para lograr una atención más oportuna de las áreas.

Responsable de la Unidad
Actividades:

  • Establecer y supervisar que los procedimientos de atención del personal sea oportuno y eficiente cumpliendo con los lineamientos de la Ley General de Salud y las demás disposiciones aplicables.
  • Vigilar que el servicio cuenta con la dotación de material y equipo necesario.
  • Supervisión del funcionamiento adecuado de las instalaciones, equipo, mobiliario e instrumental de la unidad.
  • Fomentar el desarrollo de actividades de docencia, científicas y de investigación en el servicio.
  • Supervisar la puntualidad y formalidad del personal médico a su cargo.
  • Supervisar la organización y contenido del expediente, historias clínicas y documentos de las usuarias en la unidad.
  • Notificar a los servicios de Medicina Preventiva y Epidemiología sobre los casos que ameriten vigilancia epidemiológica estrecha.
  • Proporcionar al familiar o tutor legal el resumen clínico elaborado por el médico tratante.
  • Fomentar el desarrollo de cursos de educación médica continua a su personal a cargo. Calendarizar y supervisar el desarrollo de estas actividades con el área de Enseñanza.

Médico Gineco-Obstetra
Actividades:

  • Encargado de proporcionar sus servicios en atención médico-quirúrgica dentro de lo que cabe el ámbito de su especialidad médica a toda usuaria que lo solicite y/o lo requiera.
  • Proporcionar una atención médica con ética, profesionalismo y respeto por los derechos humanos, dignidad e integridad de las usuarias.
  • Realizar y seguir las normas de técnicas de asepsia, antisepsia y esterilización.
  • Proporcionar información respecto a los procedimientos a realizar a la usuaria, comunicar riesgos y beneficios. Recibir la autorización y consentimiento informado.
  • Integrar, coordinar y dirigir al equipo de atención médica de la unidad que participa en la atención de las usuarias.
  • Evaluar y clasificar el grado de riesgo de toda embarazada que ingrese a la atención de parto.
  • Atender las urgencias del servicio.
  • Solicitar los examenes y laboratoriales que sean pertinentes y necesarios.
  • Supervisar la atención, evolución y control de la labor en las usuarias.
  • Elaborar e integrar la nota de evolución.
  • Considerar la vía de terminación del embarazo argumentando y guíandose del mejor pronóstico para el binomio de la madre e hijo.
  • Atender el parto y al neonato en caso de ser necesario.
  • Vigilar y supervisar a los médicos becarios de su área a cargo.
  • Elaboración de nota de egreso del servicio y expediente.

Médico adscrito
Actividades:
  • Verificación de los documentos especificados y solicitados.
  • Interrogatorio y exploración física de la usuaria.
  • Proporcionar una atención médica con ética, profesionalismo y respeto por los derechos humanos, dignidad e integridad de las usuarias.
  • Realizar y seguir las normas de técnicas de asepsia, antisepsia y esterilización.
  • Nota médica de ingreso.
  • Nota de indicaciones médicas.
  • Supervisión de evolución del trabajo de parto.


Jefa de enfermeras
Actividades:
  • Supervisar la aplicación de las normas necesarias para el funcionamiento adecuado de la unidad.
  • Participar en la solicitud y verificación de una adecuada dotación de suministros y que el equipo de la unidad sea el adecuado y se encuentre en funcionamiento.
  • Coordinar al personal de enfermería de la unidad.
  • Proporcionar una atención médica con ética, profesionalismo y respeto por los derechos humanos, dignidad e integridad de las usuarias.
  • Realizar y seguir las normas de técnicas de asepsia, antisepsia y esterilización.

Enfermera general
Actividades:
  • Atender a la usuaria en la sala de recepción, identificándola y colocándola en la mesa de exploración con su debida preparación.
  • Orientación de la usuaria en el tratamiento y prevención de enfermedades.
  • Instalar a la usuaria en la sala de labor y proporcionarle cuidados que le brinden tranquilidad.
  • Notificar al médico gineco-obstetra de la recepción de usuaria.
  • Elaborar la nota y registro de hoja de enfermería.
  • Proporcionar una atención médica con ética, profesionalismo y respeto por los derechos humanos, dignidad e integridad de las usuarias.
  • Realizar y seguir las normas de técnicas de asepsia, antisepsia y esterilización.
  • Realizar la toma de signos vitales.
  • Vigilancia y supervisión de las usuarias.
  • Comprobar que las indicaciones médicas sean las correctas.
  • Aplicar las indicaciones médicas.
  • Vigilar que el ayuno o la dieta proporcionada sea la indicada y la correcta.
  • Preparar a la usuaria para la sala de expulsión.

De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana 007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y de la persona recién nacida, toda institución de salud debe de capacitar a las licenciadas en enfermería obstétrica, parteras técnicas y tradicionales para identificar complicaciones del embarazo, parto y puerperio. Los partos de bajo riesgo de término pueden ser atendidos por enfermeras obstétricas, parteras técnicas y tradicionales capacitadas.

Actividades y procedimientos

Algunos de los procedimientos que el equipo de atención médica realiza dentro del área de labor son los siguientes:

Traslado de la usuaria y recepción de esta al área de labor con su expediente clínico.

Se realiza un interrogatorio, exploración física y verificación de la documentación correcta y requerida. Se necesita nota médica de ingreso y nota de indicaciones médicas.

Supervisión de la evolución del trabajo de parto, se utiliza el partograma para ello.
El partograma, es una herramienta fundamental durante el trabajo de parto que debe de llenarse de forma rutinaria y analizarse en todas las gestantes con el propósito de evitar distocias y cesáreas de urgencias que puedan llevar a alta morbilidad y mortalidad. Tanto personal médico como enfermería pueden realizar el llenado de este si su capacitación lo permite.



Normas Oficiales Mexicanas relacionadas

NOM 087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.

NOM 197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

NOM 005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar.

NOM 007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y de la persona recién nacida.

NOM -004-SSA3-2012, Del expediente clínico.

NOM 005-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructuras y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.

NOM 016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

Bibliografía consultada

Dueñas García O. F., Beltrán Montoya J. J. Manual de obstetricia y procedimientos médicos quirúrgicos. Mc Graw Hill Education. 1ra ed. 2015.

Decreto por el que se deforman y adicionan diversas disposiciones, artículo 61 y 64 de la Ley General de Salud. (26 de abril, 2012). Diario Oficial de la Federación. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/avisos/2170/SALUD_070612/SALUD_070612.htm

LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD DE TOCOCIRUGÍA. (Octubre, 2017). Secretaría de Salud. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: https://salud.cdmx.gob.mx/storage/app/media/uploaded-files/lo007tococirugiasello.pdf

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE LA UNIDAD TOCOQUIRÚRGICA. (Abril, 2013). Hospital General Dr. Manuel Gea Gonzalez. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: http://www.hospitalgea.salud.gob.mx/contenido/menu/normatividad/normateca/Manuales_Sani/Manual_de_Procedimientos_del_Departamento_de_Tocoquirurgica.pdf

NORMA Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida. (07 de abril, 2016). Diario Oficial de la Fereración. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5432289&fecha=07/04/2016#gsc.tab=0

NORMA Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de los establecimientos para la atención medica de pacientes ambulatorios. (24 de junio, 2010). Diario Oficial de la Federación. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4132/Salud/Salud.htm

NORMA Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. (08 de enero, 2013). Diario Oficial de la Federación. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5284306&fecha=08/01/2013#gsc.tab=0

NORMA Oficial Mexicana NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. (24 de octubre, 2001). Diario Oficial de la Federación. [internet]. [citado el 16 de noviembre, 2023]. Disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=760045&fecha=24/10/2001#gsc.tab=0



Comentarios

  1. La información es muy completa y explicita principalmente las actividades de cada personal que participa en el área.

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